INCLUSIÓN DE FAMILIAS VÍCTIMAS DEL "DESAMPARO"
Para: FAMILIAS VÍCTIMAS DE LA RETIRADA ABUSIVA DE NIÑOS EN ESPAÑA, FAMILIAS VÍCTIMAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES ESPAÑOLES, ETC
Por la inclusión de las familias víctimas de la retirada de niños en planes de capacitación, prestaciones y ayudas de protección familiar, cuyo acceso general y sistemáticamente les ha estado en la práctica vetadas, restringidas o en su caso, denegadas) en cuanto progenitores por dificultades económicas y otras causas de discriminación o exclusión social, ser objetos de retiradas automáticas de la tutela, la guarda y patria potestad de los propios hijos.
No habiendo sido beneficiarios de prestaciones de la Seguridad Social, de ayudas de protección familiar ni de ningún tipo mientras estas familias tenían a su cargo a los hijos (prestaciones por niños, menores y con discapacidad a cargo), considerando lo que ocurre con las actuales políticas del Gobierno y actuación de los poderes públicos, lo que impera en la práctica y resulta manifiesto, que sobre todo lo que promueven es institucionalizar sistemáticamente a menores y personas con discapacidad, a ancianos, personas dependientes y con gran discapacidad, consistente en reservarlas o favorecer el acceso a ese tipo de ayudas a instituciones (tutelares) de la Administración y entidades colaboradoras como gestores de centros residenciales (de acogida) unido a fondos públicos y recursos económicos para acogimientos en familias ajenas de niños y menores tutelados, presupuestos y cuantiosos gastos para negocio y lucro (a costa y en perjuicio de padres, progenitores y familias de origen a quienes les ha sido abusivamente retirada la tutela de los hijos) de todos los intervinientes y vinculados a instituciones tutelares, con gestión, estancias y situación de internos institucionalizados caracterizadas por falta de transparencia y falta supervisiones eficaces e independientes de centros de acogida de menores, residenciales de ancianos y sus trabajadores, funcionarios y técnicos de la Administración, familias beneficiarias de prestaciones económicas por acoger menores tutelados.
Abusos, maltratos institucionales y corrupción de sistemas de protección y de tutelas sustentadas generalmente en elevadas institucionalizaciones y en arbitrarias e injustas declaraciones de desamparo (con inmediatas retiradas de los niños de inicio o simultáneamente al iniciar esos procedimientos administrativos) por los que autoridades administrativas junto a sus funcionarios y técnicos fabrican en muchas familias, situaciones de menores en desamparo, declarándolo sin responder en realidad a ninguna intervención con los niños ni sus familias, constatado por numerosos casos de ausencia de medidas y actuaciones de apoyo previo a mantener a los niños con sus padres y familia de origen (apoyo previo a la familia) antes de adoptar decisiones irreparables y arbitrarias de desintegración familiar, sin perjuicio de asegurar el acceso a las correspondientes prestaciones de la Seguridad Social de protección familiar y ayudas por niños, menores y con discapacidad a cargo.
Correspondiendo al Gobierno y poderes públicos, remover para ello todos los obstáculos que impiden el ejercicio de cuantos derechos fundamentales afectados constitucionalmente garantizados y protegidos por instrumentos y tratados internacionales que resultan violados con daños irreparables y casos irreversibles.
Abusos y maltratos institucionales a los que se unen los resultantes de los obstáculos e impedimentos (legales, administrativos burocráticos y otros, aun con cumplimiento de requisitos) para poder acceder o ser beneficiarios de prestaciones de la Seguridad Social, de ayudas de protección familiar, que podría muchas familias con hijos a su cargo niños, menores y con discapacidad a cargo) que además de verse privadas de las ayudas, constan que a padres y progenitores por situaciones de vulnerabilidad económica (pobreza) a menudo son objeto de retiradas de los hijos por declaraciones desamparo.
Petición:
Debe exigirse
1) Que los progenitores y todos los padres a quienes las autoridades administrativas retiran los hijos por desamparo (pobreza y vulnerabilidad económica) puedan ser destinatarios de prestaciones, subvenciones y oportunidades de formación.
2) Que a todos los padres a los que se les retira los hijos por desamparo u otros (que no han pasado por Juzgados para hacerlo) se les incluya en todos los programas de empleo y formación a fin de evitar estigmatización y más discriminación tanto por medios de comunicación como por vecinos u otros.
A fin de tener otra evaluación más objetiva y menos discrminatotria
Además con este plan se tendrá otra evaluación y seguimiento de los mismos sin las "etiquetas" y prejuicios con los que evalúa Servicios sociales y sus técnicos.
Solo presentado la resolución del desamparo poder acceder a todos los planes de empleo y formación.
Aquí es importante el control correspondiente de las autoridades, instituciones tutelares, centros para acogimiento de menores tutelados, residenciales de ancianos, funcionarios, técnicos y trabajadores de entidades colaboradoras (por cuerpos de seguridad y supervisión independiente) para evitar abusos y el acoso de los técnicos a los profesionales que imparten los cursos (manipulaciones, envío de informes falsos, acoso que puedan hacer los mismos para perjudicar a los padres, tales como también mandarles agredir, para provocar más enredos y otros delitos que suelen cometer y que como siempre quedan impunes.
3) También pedimos la inclusión de mujeres víctimas de violencia (de cualquier tipo) y otras que siendo víctimas de violencia y no tienen sentencia aún, ejemplo de funcionamiento anormal de las administraciones, de la justicia y otras formas de maltrato institucional como en casos de posibles dilaciones indebidas, con retrasos que llegan de 6 meses a más de un año esperando solución judicial y sin que se hayan adoptado medidas de protección ni cautelares como orden de alejamiento con prohibición de acercarse a las víctimas de esas violencias (para la celebración de juicios rápidos o causas por delitos de lesiones y de violencia contra la mujer considerados leves).
En muchos casos que los jueces se tiran más de 1 año por un delito leve (para no hacer nada), citando continuamente para entregar citaciones, notificar diligencias judiciales que no se realizarán además de suspensiones injustificadas de las mismas en perjuicio de la víctima o para ir a hablar con el secretario/a judicial y molestar a la víctima de mil maneras.
Lo cual impide y obstaculiza el acceso a las ayudas, protección social y planes que pudieran corresponder.
Beneficiándose el/los delincuentes (como siempre) por partida triple en cuanto a los perjuicios que le ocasiona s la víctima
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