Reconocimiento por parte de Toyota del defecto de fabricación motores d4d
Para: TOYOTA MOTOR CORPORATION
Toyota fabricó entre los años 2005 y 2009 una serie de motores d4d con un defecto en su diseño que provoca la rotura de la junta de la culata cuando el coche ha rodado bastantes kilómetros. Esta avería aparece cuando el vehículo está fuera de garantía, y en esto Toyota se justifica para no repararlo. Lo curioso es que hay clientes a los que se les reconoce y se les repara y a otros no, sin aportar ninguna causa que justifique esta decisión. Si existe un defecto de fabricación Toyota, al amparo del artículo 1964 del Código Civil, que dice que hay una responsabilidad contractual por parte de los fabricantes respecto a los clientes que abarca hasta los 15 años, debe responder por él y repararlo.