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Recogida de Firmas Por la Legalización del parto en casa en Hungría

Para: Presidente del gobierno de Hungría

Para el Presidente de Hungría
Viktor Orban
Magyarország miniszterelnöke
1054 Budapest, Szechenyi rakpart 19.
Hungria


Distinguido Señor:

Con mucha tristeza y alarma hemos tenido notícia de la terrible situación de las comadronas de Hungría que se dedican a atender partos en domicilio. En concreto la situación de Agnes Gereb, encarcelada por practicar su profesión. Nos cuesta entender que se considere ilegal una práctica normal en el resto del mundo. Es España los partos en casa, son poco frecuentes pero totalmente legales. Así como en el resto de Europa.
Sepa usted que a nivel de la Comunidad Europea existe la normativa de la CEE , respecto a las competencias de la comadrona:
“La especialista en Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona), está facultada, por lo menos, para acceder y ejercitar las actividades mínimas que se enumeran en el artículo 4º de la Directiva 80/155/CEE, modificado en el punto 6 por el artículo 25 de la Directiva 89/594/CE”
Según esta directiva la comadrona puede asistir partos normales allí donde estos sucedan, inclusive el domicilio de la parturienta, ya que entra en sus
Competencias.
También tenemos el siguiente documento que pego a continuación: El perfil profesional de la Especialista en Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona), que surge de la siguiente definición de Matrona aceptada por la Confederación Internacional de Matronas 19 de julio de 2005, Brisbane, Australia. Este reemplaza la “Definición de ICM de la Matrona” de 1972 y sus enmiendas de la Confederación internacional de Matronas de 1990:
LA COMADRONA. PERFIL PROFESIONAL
Formación universitaria.
Definición:“Una comadrona es una persona que habiendo sido admitida para seguir un programa reconocido por el estado, ha terminado con éxito el ciclo de estudios prescritos y obtenido los títulos necesarios que le permiten inscribirse en los centros oficiales para ejercer legalmente la profesión de Comadrona, en cualquier establecimiento sanitario o en domicilio. Debe estar capacitada para proporcionar la necesaria supervisión, cuidados y consejos a la mujer en el embarazo, así como durante el parto y el puerperio. Asumir la propia responsabilidad de manejar el parto y ofrecer cuidados al recién nacido y al lactante. Este cuidado incluye medidas preventivas, la detección de anormalidades materno-fetales, procurarse asistencia médica y la ejecución de medidas de urgencia en ausencia del médico.” Este documento viene firmado por:
Confederación Internacional de Comadronas
Federación Internacional de Obstetras y Ginecólogos
Organización Mundial de la Salud
Asimismo numerosos estudios científicos corroboran que el parto en casa atendido por comadronas tituladas en mujeres de bajo riesgo es igual de seguro que el hospitalario y mucho más satisfactorio para las familias.
Por todo ello rogamos a los responsables de salud, justicia y gobierno de su país que:
- Procedan a dejar en libertad y sin cargos a Agnes Gereb.
-Cambien sus leyes para aprobar como práctica legal la asistencia al parto en domicilio.


España, noviembre del 2010














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